Resolución N°. 48/2021.

R. N°. 48/2021.

 

Visto: La temática de la presente Sesión Extraordinaria “Cese de ALUR en Municipio de Belén”.

Resultando: Que se recibió a los perjudicados por la medida mencionada, expresando la problemática generada.

Considerando: Lo manifestado por los afectados y la gravedad de la situación generada por el cese de ALUR en el Municipio de Belén.

Atento: a lo expuesto y a lo manifestado por los Sres. Ediles.

La Junta Departamental de Salto

Resuelve:

.- Emitir la siguiente declaración:

La Junta Departamental  de Salto declara su preocupación ante el cierre de fuentes laborales y especialmente rechaza el cierre de la única fuente laboral  genuina instalada en Pueblo Belén.

El cese de la plantación afecta a más de cuarenta puestos de trabajo, impacta a la familia que está detrás de cada uno de esos cuarenta trabajadores, quienes a partir de ahora no contarán con su sustento.

El compromiso propuesto por ALUR, de mantener la fuente de trabajo reubicando a los trabajadores permanentes en Bella Unión, no tienen en cuenta el desarraigo que pueden sufrir los trabajadores y sus familias tras semejante decisión.

Esta resolución también deja a los veinticinco cañeros que trabajan zafrales, “al final de la fila” entre todos los que pujan cada año para obtener un lugar en la zafra.

El trabajo que allí se realizaba empleaba cuarenta personas de forma directa y generaba trabajo indirecto, dinamizando el comercio interno del pueblo. Los pobladores de Belén quedan condenados a hundirse en la peor crisis económica y social al transformar su única fuente laboral genuina.

La cosecha de caña de azúcar en Pueblo Belén debe entenderse como un bien social, como elemento de identidad del lugar y de sustento de sus habitantes.

2°.- En conocimiento de todas las conversaciones llevadas a cabo por el Gobierno Departamental y la Gerencia de ALUR, y en base a las potestades constitucionales de este Cuerpo, la Junta Departamental de Salto apoya e invita a la Intendencia de Salto a continuar de forma abierta las negociaciones con el objetivo de buscar la mejor forma de dirimir la situación.

3°.- Que la presente declaración sea enviada a: ALUR, Presidencia de la República, Sr. Intendente de Salto, Sres. Diputados por el Departamento de Salto, Cámara de Senadores y a todas las Juntas Departamentales del País.

.- Dese cuenta, etc.

SALA DE SESIONES “Gral. JOSÉ ARTIGAS” DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL EN SALTO, A TREINTA DE JUNIO  DE DOS MIL VEINTIUNO.

Sr. Mario Furtado

Presidente    

Sr. Álvaro da Cunda Leal

    Secretario General

Anterior Decreto Nº. 7.287/2021.

Junta Departamental de Salto
Uruguay 1324 – Tel 4733-2346

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